EL REGLAMENTO DE LA
DENOMINACION DE ORIGEN
El actual Reglamento
de la Denominación de Origen Jamón de Teruel fue
aprobado por la Orden de 29 de julio de 1993 del Departamento de
Agricultura, Ganadería y Montes del Gobierno de Aragón,
ratificada a su vez
por una Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
con fecha
de 3 de noviembre del 93.
La reforma del Reglamento original fue necesaria para adaptarla
a la
normativa de la Comunidad Europea sobre protección de las
indicaciones
geográficas y las denominaciones de origen de productos agrícolas
y
alimenticios, así como para introducir algunos cambios que
aconsejaba la
experiencia
de ocho años de actividad de la Denominación.
El Reglamento incluye diez capítulos, dedicados a:
- Generalidades, entre ellas el uso del nombre Jamón de Teruel
- Cría y producción
- Elaboración de los perniles
- Identificación de los cerdos y marcado de las piezas
- Elaboración;
- Características del jamón
- Registros; Derechos y obligaciones
- Consejo Regulador
- Infracciones, sanciones y procedimiento
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